
La Policía de Salta controlará el cumplimiento de la veda electoral como lo dispone la Ley Provincial n° 6444 en el marco del operativo de seguridad que se lleva adelante por las Elecciones Provinciales 2023 a desarrollarse el próximo domingo.
En este sentido, rige la veda electoral por lo cual está prohibida la realización de actos públicos de proselitismo tal como lo establece la legislación vigente.
En tanto el domingo 14 de mayo desde la hora cero, no se pueden realizar reuniones de masiva concurrencia; está prohibido el expendio de bebidas alcohólicas y la realización de actividades gastronómicas nocturnas.
Ante cualquier incumplimiento a la Veda Electoral la comunidad puede realizar los reportes correspondientes al Sistema de Emergencia 911.
Es un trabajo coordinado entre el Ministerio de Seguridad y Justicia por medio de la Policía de Salta y el Tribunal Electoral de Salta.
DELITOS ELECTORALES (DISPOSICIONES DEL CÓDIGO ELECTORAL NACIONAL)
* SE IMPONDRÁ PRISIÓN DE 1 A 3 AÑOS PARA AQUELLAS PERSONAS QUE:
- Impidan ejercer un cargo electoral o el derecho al sufragio, con violencia o intimidación.
- Fuercen a un elector a votar de manera determinada.
- Priven de la libertad al elector para imposibilitarle el ejercicio de un cargo electoral o el sufragio, antes o durante las horas señaladas para la elección. - Suplanten a un elector o voten más de una vez en la misma elección o de cualquier otra forma emitan su voto sin derecho.
- Sustraigan, destruyan o sustituyan urnas utilizadas en una elección antes de realizarse el escrutinio.
- Sustraigan, destruyan, sustituyan, adulteren u oculten boletas de sufragio desde el momento en que éstas fueron depositadas por los electores hasta la terminación del escrutinio.
- Falsifiquen, total o parcialmente, utilicen una falsificación, sustraigan o destruyan actas y documentación electoral o que por cualquier otro medio hagan imposible o defectuoso el escrutinio de la elección.
- Adulteren el resultado del escrutinio
* SE IMPONDRÁ PRISIÓN DE 2 MESES A 2 AÑOS a aquellas personas que por medio de engaño, induzcan a otras a votar en determinada forma o a abstenerse de ejercer su voto.
* SE IMPONDRÁ PRISIÓN DE 3 MESES A 3 AÑOS a aquellas personas que utilicen medios tendientes a violar el secreto del voto.
* SE IMPONDRÁ PRISIÓN DE 1 MES A 18 MESES a aquellos electores que revelen su voto al momento de emitirlo.
* SE IMPONDRÁ PRISIÓN DE 6 MESES A 3 AÑOS a aquellos electores que falsifiquen un padrón electoral o adulteren documentos y que, a sabiendas, lo utilicen en actos electorales, como así también a quienes retengan documentos cívicos de terceros.
* SE IMPONDRÁ PRISIÓN DE 6 MESES A 2 AÑOS a aquellas personas que obstaculicen, demoren o impidan la entrega de cualquier documentación electoral.
Fuentes:
https://twitter.com/ElectoralSalta/status/1657059942375751681?ref_src=twsrc%5Etfw
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