
Recategorización en el monotributo: ¿cómo saber si te corresponde?
La AFIP ha comenzado el proceso de recategorización en el monotributo y ha habilitado el sistema desde el 1 al 20 de julio para que los contribuyentes puedan verificar si les corresponde. Para hacerlo, deben ingresar a monotributo.afip.gob.ar con su CUIT y clave fiscal y comprobar si sus ingresos superan o son inferiores a los de la categoría actual. Si es necesario, deberán realizar la recategorización. Sin embargo, aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no necesitan hacer ninguna acción.
Es importante tener en cuenta que si la inscripción en el monotributo fue hace menos de seis meses, no es necesario realizar la recategorización. Además, se han establecido nuevos topes de facturación por categoría que deben ser considerados. Por ejemplo, la categoría A tiene un tope de facturación anual de $1.414.762,58 mientras que la categoría K tiene un tope de $11.379.612,01.
Para evaluar la categoría correspondiente, se deben considerar varios parámetros en relación con los últimos 12 meses, como los ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados y/o la superficie afectada a la actividad. Una vez realizada la recategorización, se debe imprimir la nueva credencial y realizar el pago del componente impositivo de forma habitual cada 20 del mes.
Es importante recordar que la Ley de Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes y Autónomos estableció la exención del componente impositivo de la obligación mensual para los contribuyentes registrados en las categorías A y B, siempre y cuando perciban la totalidad de sus ingresos a través del monotributo y no tengan un trabajo en relación de dependencia, una jubilación, estén inscriptos en el Régimen General, como IVA exentos, ejerzan el rol de directores o administradores de sociedades, ni perciban rentas financieras o ingresos por alquileres.
Fuente de la Información: Télam
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